Licenciada Liliana Gallelli
Es una pregunta muy común que reciben los abogados de inmigración: “¿Puedo pedir Medical? ¿O me afecta el poder para arreglar mis papeles?”. Los beneficios del gobierno, como Medical, estampillas de comida, WIC, etc., son beneficios que con frecuencia solicitan los inmigrantes en California. Estos beneficios están disponibles a la población, aunque no tengan estatus legal en los Estados Unidos. Por ejemplo, Medical, el cual desde enero del 2024 está disponible para cualquier persona de entre 26 a 49 años de edad, lo pueden solicitar también personas indocumentadas. Pero calificar por Medical no es lo mismo que ver si usar ese beneficio le afecta la posibilidad de tramitar su proceso migratorio. En ese momento de comenzar un proceso migratorio empiezan las dudas si el haber usado los beneficios del gobierno le va a poner trabas para su trámite de inmigración.
La ley migratoria que aplica aquí es el requisito de no ser ahora, ni en el futuro, una carga publica al momento de pedir su residencia en los Estados Unidos. La ley se encuentra en el código de leyes migratorias (conocido como “INA” por sus letras en inglés): (INA) sección 212(a)(4). Sección 212(a)(4) dice:
(4) Carga pública
(A) En general
Todo extranjero que, en opinión del funcionario consular en el momento de la solicitud de visa, o en opinión del Procurador General en el momento de la solicitud de admisión o ajuste de estatus, tenga probabilidades de convertirse en cualquier momento en una carga pública es inadmisible.
(B) Factores que deben tenerse en cuenta
(i) Para determinar si un extranjero es inadmisible en virtud de este párrafo, el funcionario consular o el Procurador General considerará, como mínimo, los siguientes aspectos:
(I) edad;
(II) salud;
(III) estado familiar;
(IV) bienes, recursos y situación financiera del extranjero; y
(V) educación y habilidades….
O sea que un solicitante de visa, admisión o ajuste de estatus que en cualquier momento pueda convertirse en una carga pública, es inadmisible. La ley específica establece que, como mínimo, ciertos factores deben considerarse al determinar si es probable que un inmigrante, en algún momento, se convierta en una carga pública. Pero la pregunta de quien es carga publica se hace solo una vez que se solicita la residencia o admisión a los EEUU. Si el inmigrante no tiene una manera factible de proceder con el procedimiento, entonces se tiene que preguntar: ¿es más importante contar con Medical o preocuparse por la residencia que no está a mi alcance por el momento? Es una pregunta difícil porque, si hay reformas legales, no se sabe cuáles serán los factores importantes para calificar, incluyendo si uno sería una carga pública.
Aun así, hay excepciones para personas que no se deben preocupar sobre el tema. En 2022 el gobierno estadounidense publicó una nueva regla clarificando cuáles personas no se deben preocupar por la carga pública: incluidas las personas que solicitan o reciben asilo, estatus de refugiado o TPS; jóvenes inmigrantes especiales; y titulares de visas especiales de inmigrantes afganos o iraquíes. Los solicitantes de VAWA (víctimas de abuso) y quienes han solicitado o han recibido el estatus T o U generalmente están exentos de una evaluación de carga pública, independientemente de su camino final hacia una residencia.

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