Por Christopher A. Kerosky, Esq.
Hay algo que se llama Cancelación de Deportación que aplica para personas que llevan más de 10 años en el país.
Aquellos que han estado aquí más de 10 años con un familiar ciudadano estadounidense o residente permanente pueden solicitar este estatus (si tienen un caso existente en la corte de inmigración) y esto al menos los mantendría aquí legalmente mientras su caso avanza. Si el familiar que tiene residencia o ciudadanía tiene necesidades o problemas especiales, las posibilidades de éxito pueden ser mayores.
La elegibilidad para la Cancelación de Expulsión es la siguiente:
Primero, una persona debe demostrar “presencia continua en los Estados Unidos durante 10 años”; esto significa que debe demostrar que llegó a los EE. UU. hace más de 10 años y nunca se fue. Esto se puede hacer con varios documentos de su pasado que muestran su entrada a los EE. UU. y su vida aquí. Por ejemplo, necesita recopilar cosas como registros médicos suyos y de sus hijos, registros de salarios y empleo, recibos de pago, registros de impuestos, registros escolares de sus hijos, recibos de alquiler o arrendamiento, cheques cancelados, otros registros bancarios e incluso infracciones de tránsito. Luego se presentan a un juez de inmigración para demostrar que ha estado aquí más de 10 años.
El período de 10 años debe ser ininterrumpido y debe comenzar antes de que se inicie el trámite migratorio.
En segundo lugar, una persona debe demostrar que tiene “buen carácter moral”. Lo que esto significa es que, según los estándares del gobierno, la persona sería un buen ciudadano. Lo más importante es que una persona debe demostrar que no ha cometido ningún delito o, de ser así, que fue de menor importancia. Si realiza trabajo voluntario u otro servicio comunitario, debe informarle al juez. También puede enviar declaraciones de su sacerdote o ministro, amigos y familiares sobre su carácter.Un abogado le puede ayudar limpiar su histórico penal.
La tercera cosa, y la más difícil, es que necesita demostrar que tiene un padre, cónyuge o hijo que es ciudadano estadounidense o residente permanente y que su expulsión causaría a su pariente ciudadano estadounidense o residente permanente “dificultades excepcionales y extremadamente inusuales”.
Esto no es fácil de hacer porque la ley de inmigración requiere que usted demuestre circunstancias muy inusuales para calificar para esto. Los problemas normales que su deportación le causaría a un niño pequeño no son suficientes. El gobierno considera que esta dificultad es “habitual” y, por tanto, no “extremadamente inusual”.
Ciertamente, los mejores argumentos son que su hijo tiene “necesidades especiales”; por ejemplo, sus problemas médicos no recibirían el tratamiento médico adecuado en su país de origen. Otro ejemplo son los casos en los que un niño tiene necesidades educativas especiales o necesidades psicológicas, lo que aumentará sus posibilidades de obtener este estatus y permanecer en los EE. UU.
Otros factores, como la edad de su familiar, sus habilidades lingüísticas, la aculturación y las condiciones de su país de origen, también pueden utilizarse para fortalecer sus argumentos.